OEC presenta acciones de Conformidad en evento en Bahía

DATA: 23/01/2020

Publicado por: OEC

“Las acciones de terceros en nombre de la empresa son de responsabilidad de la empresa, así como las acciones de sus integrantes.” La afirmación fue hecha por el responsable de Conformidad en las Américas (excepto en los mercados Brasil, Argentina y Bolivia) de OEC, Marcos Neves, durante el evento de la Comisión de Compliance de la Facultad Baiana de Derecho. El encuentro fue realizado en la noche del día 6/1, lunes, y contó con la participación de representantes de órganos públicos, empresas privadas y del tercer sector, por ejemplo, la Policía Federal, Prefectura de Salvador y las Obras Sociales Irmã Dulce (OSID).

Durante su conferencia, que tuvo como tema “Due Diligence: importancia y desafíos”, el ejecutivo de OEC presentó la evolución conceptual de la contratación y gestión de terceros, que hace algunos años estaba enfocada solamente en los aspectos de registro y hoy también abarca temas relacionados a la integridad y programa de Compliance de las organizaciones.

“El tema ganó aún más relevancia en Brasil con la operación Lava-Jato, que identificó que muchos actos de corrupción involucraban acciones de terceros. Hoy el tema due diligence está destacado en las mejores prácticas y legislaciones anticorrupción internacionales, por ejemplo, la FCPA, UK Bribery Act e ISO 37001”, reveló Neves.

También durante su presentación, el especialista, que tiene más de 20 años de experiencia en las áreas de compliance y financiera, reveló que en el 2019 la compañía realizó 13.278 diligencias de proveedores de bienes y servicios, siendo 1,4% clasificada como de alto riesgo.

El programa de Compliance de OEC destaca la conformidad de terceros como un ítem fundamental en la prevención de actos de corrupción. Como ejemplo, la clasificación de proveedores está basada en una evaluación de riesgos rigurosa, que incluye una revisión de reputación e integridad, elevando el nivel de investigación para los casos de mayor criticidad.

“Sin embargo, es importante observar que, conforme preconiza la ISO 37001, el proceso de diligencia previa no es una herramienta perfecta. La ausencia de puntos de atención no necesariamente significa que el tercero no pueda causar riesgo, así como la identificación de puntos de atención no necesariamente significa que el tercero no pueda ser contratado. Es necesario evaluar cuidadosamente los resultados obtenidos en el proceso de due diligence para fundamentar su contratación o no”, sentenció Neves.

El encuentro contó además con una conferencia del profesor y psicoterapeuta, Victoriano Garrido, que abordó el tema “Compliance Emocional”. La Comisión de Compliance de FBD es presidida por el abogado, José Guimarães.

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